El presidente del partido Política Abierta para la Integridad Social (PAIS), Oscar Héctor Alva, solicitó el pasado lunes a la Corte Suprema de Justicia que declare inconstitucional el artículo 4 de la ley 15.315 de la provincia de Buenos Aires que habilita la re-reelección de intendentes, diputados y senadores para este año. El partido PAIS estuvo vinculado al Frente Renovador hasta 2019 y luego formó parte de la alianza del Frente de Todos. No obstante, desde el massismo niegan vinculación alguna con la maniobra.
La aparición de esta presentación judicial molesta a referentes del Frente de Todos pero principalmente a los intendente, que aunque no creen que la denuncia prospere consideran que suma un tema más en la ya complicada discusión interna.
Oscar Alva, quién hizo la presentación fue candidato a diputado de 1 PAIS, la alianza que crearon Sergio Massa y Margarita Stolbitzer para enfrentar al kirchnerismo en 2017 y luego integró con su partido el Frente de Todos en 2019. Hace algunas semanas el dirigente se reunió con el diputado y presidente del Frente Renovador de la provincia, Rubén Eslaiman, encuentro que fue reflejado en las redes sociales.
Sin embargo, desde el espacio que lidera Sergio Massa niegan rotundamente estar vinculados en la movida. “Si eso prospera once de los doce intendentes que tenemos no podrían reelegir, tampoco un montón de legisladores de nuestro espacio”, afirmó a este medio un dirigente del FR.
La presentación judicial realizada por Alva, pidió además que el máximo tribunal dicte una medida cautelar para suspender la aplicación de este artículo en las elecciones Primarias, Abiertas, Simultáneas y Obligatorias (PASO) que se realizarán en la provincia el 13 de agosto «hasta que se dicte la respectiva sentencia de fondo».
«El señor Oscar Héctor Alva como habitante de la Provincia de Buenos Aires entabla una acción declarativa de inconstitucionalidad contra la Provincia de Buenos Aires», indica la demanda de 26 fojas a la cual tuvo acceso Télam.
Y detalla que «el artículo 4 de la ley 15.315 es contrario a la aplicación progresiva y no regresiva del principio republicano».
El artículo 4 de la ley provincial 15.315, aprobada por el Senado bonaerense en diciembre de 2021, modifica el artículo 7 de la ley 14.836, de agosto de 2016, y determina que «los mandatos de intendentes, concejales, consejeros escolares, diputados y senadores que se hayan iniciado como resultado de las elecciones del año 2017 y 2019 serán considerados como primer período a los efectos de la aplicación de la presente ley».
«En el caso de los mandatos que se hubieran iniciado como resultado de las elecciones del 2021, se computará como primer periodo sólo en el caso de que no haya ejercido un mandato inmediato anterior», añade el texto del artículo 4°.
En la demanda presentada, Alva señaló que «no existen argumentos jurídicos razonables que permitan justificar la regresión normativa e institucional republicana que supondría otorgar a algunos pocos el privilegio de permanecer en el poder».
«En la actualidad, 91 Intendentes e Intendentas de la Provincia de Buenos Aires sobre un total de 135 se encuentran en la privilegiada posición de ser los únicos, exclusivos y excluyentes sujetos que tendrían la posibilidad de estar en ejercicio del cargo por 12 años a partir de la sanción de la ley 14.836», detalló el líder de PAIS.