El Concejo Deliberante de Lanús aprobó hoy la abolición y prohibición de la tracción a sangre animal en el ámbito municipal. Además, es el primer distrito en declarar a la especie ‘equidae’ como «seres sintientes» y por ende «sujetos a derecho». La norma crea también un «programa de reconversión inclusiva de la actividad carrera», a través de la cual se le otorgará un vehículo a los trabajadores de recolección de la economía social.
En sesión extraordinaria, por unanimidad y con la presencia de organizaciones proteccionistas, el Legislativo local convirtió en ordenanza el proyecto impulsado por el Jefe de Gabinete Diego Kravetz que prohíbe y abole «la circulación de vehículos de cualquier naturaleza bajo la tracción y/o tiro a sangre animal no humana».
El texto, que fue modificado en el tratamiento en comisión, tiene un fuerte tinte proteccionista y convierte a Lanús en el primer distrito de la Provincia de Buenos Aires en declarar que «los animales de la especie equidae son seres sintientes, incapaces de defenderse por sí mismos y, por ende, moralmente sujetos de derechos, conforme lo establecido por el Artículo N° 41 de la Constitución Nacional». Así les reconoce a los animales: «su derecho a la vida, la libertad, la integridad física y emocional, el derecho a su hábitat, a la dignidad de su existencia».
La prohibición apunta también contra aquellos «comercios, depósitos o chatarrerías» que hagan entrega de materiales a carros tirados a caballos que quedarán sujetos a ser multados.
Para el control y cumplimiento de la ordenanza, se creará un Observatorio que dependerá de la secretaría de Salud municipal con apoyo de la Secretaría de Seguridad, a través de la creación de una ‘policía ambiental’ específicamente dedicada a este propósito.
Llamativamente, quedarán exceptuados de la nueva ordenanza «los vehículos de tracción a sangre de carácter histórico, folclóricos u otros similares, que (podrán circular), con autorización previa del Departamento Ejecutivo». Evidentemente este tipo de actividades de uso animal reconocen el «derecho a la vida, la libertad, la integridad física y emocional, el derecho a su hábitat, a la dignidad de su existencia» de los caballos que utilizan, a diferencia de lo que hacen los recolectores urbanos.
El primero paso del Observatorio será realizar, durante un plazo de 120 días un censo de equinos en el distrito y bajo eso, elaborar un registro de dueños o tenedores de estos animales.
Finalmente, para contener a los denominados ‘carreros, trabajadores de la recolección de la economía popular, la ordenanza crea el “Programa de reconversión inclusiva de la actividad carrera y sustitución paulatina y progresiva de la tracción y/o tiro a sangre de animal no humano (ANH)”, por otros vehículos que no sean a tracción a
sangre (ANH), a aquellos ciudadanos que posean domicilio real dentro del Distrito de Lanús». Este punto será central para el control, sobre todo en los márgenes de otros distritos como Avellaneda y Lomas de Zamora.
A pedido de la oposición se agregó dentro del articulado que «El Departamento Ejecutivo propenderá a la sustitución inmediata que posibilite la continuidad de su actividad, siendo que es sustento económico de numerosas familias de este Municipio».
Los vehículos que entregará el Municipio a los carreros será en forma de ‘comodato’ por lo que seguirán siendo propiedad municipal. Y si bien la ordenanza establece un plazo de 90 días para ponerla en funcionamiento, es posible que, en medio del año electoral y de las complejidades que establece el tema el plazo se extienda.
Kravetz se hizo eco de la aprobación de su proyecto en redes:
Queda prohibida la tracción a sangre y se declara a la especie equina como sujeto de derechos.
Somos el primer municipio de Argentina en declararlos seres sintientes, le decimos chau a esta práctica arcaica y cruel. Ahora los animales van a ser respetados y tratados con… pic.twitter.com/ZaqQNztcif
— Diego Kravetz (@diegokravetz) June 13, 2023