Sin la tensión que caracterizó el cierre de alianzas de 2021, los dos sectores del PRO y la UCR se pusieron de acuerdo en los pisos y formas de repartir los cargos en la listas para la interna en la Provincia de Buenos Aires. Se repite el piso de 25 por ciento y los lugares deberán respetar la paridad de género.
Las negociaciones se extendieron hasta la noche, entre los representantes de los partidos, entre los que participaron Maximiliano Abad, Adrian Urreli, Agustín Forchieri y Marivel
Etchecoin.
El acuerdo repite los parámetros que tuvo la interna de 2021. El piso será del 25 por ciento, por lo que a la minoría le correspondería los lugares 4, 9, 14, 19, 24, 29 y 34 de los candidatos a diputados nacionales, siempre que los que encabecen la nómina compartan género. Si no lo comparten, la minoría ocupa la misma cantidad un espacio adelante (3,8,13 etc).
Si la minoría consigue entre el 30 y el 40 por ciento de los votos de la interna, le corresponderían los candidatos titulares 4, 7, 10, 13, 16, 19, 22, 25, 28, 31, 34.
Al igual que antes, si no se comparte género la cabeza de la lista se corre hacia adelante esos lugares.
Y si supera al 40 por ciento ingresará los lugares 2, 5, 6, 9, 10, 13, 14, 17, 18, 21, 22, 25, 26, 29, 30, 33 y 34 de los titulares. En este caso, las cabezas de la lista comparten género, la integración será de dos en dos.
Para los cargos provinciales; para la minoría con un 25 por ciento, si las listas son encabezadas por precandidatos de diferente género, a la minoría le corresponden los titulares 4°, 9° , 14° y suplente 4°; caso contrario, el 3°, 8° , 13°, 18° y suplente 5°.
Si la lista perdedora saca entre 30 y 40 por ciento, obtendría los lugares 4°, 7°, 10°, 13° , 16° y suplentes 4° y 7°; si quienes encabezan son de distinto género, la minoría ocupa 3°, 6°, 9°, 12°, 15° , 18° y suplentes 3° y 6°.
Finalmente, si la minoría supera el 40 por ciento, y las cabezas no comparten género: ingresan el 2°, 5°, 6°, 9° , 10°, 13° , 14°, 17°, 18° y suplentes 2°, 5° y 6°; si son del mismo género 3°, 4°, 7°, 8° , 11°, 12° , 15°, 16° y suplentes 3°, 4°, 7° y 8°.
A nivel distrital para los Concejo deliberantes, si la lista derrotada obtiene entre 25 y el 30 por ciento, la minoría colocará el 5 (entrable) dependiente que comparta el género.
Si la elección es entre 30 y el 45 por ciento, la minoría se integra en los lugares titulares 3, 6, 9 y 12, de acuerdo al género que les correspondía a esos lugares.
En caso de una elección pareja, donde la lista perdedora tenga más del 45 por ciento de los votos, la minoría se integra en los casilleros 2, 5, 6, 9 y 10. Si son de distinto género, en la lista final el espacio perdedor se queda con los lugares 3, 4, 7, 8, 11 y 12.