La Sala I del Tribunal de Casación Penal bonaerense confirmó la condena a 22 años de prisión para Daniel Lagostena por el femicidio de su pareja, Erica Soriano, quien desapareció en agosto de 2010 y su cuerpo nunca pudo ser encontrado.
Los jueces Ricardo Maidana y Daniel Carral, dejaron firme la sentencia en primera instancia dictada por el Tribunal Oral Criminal 9 de Lomas de Zamora en julio de 2018, que había condenado al acusado por «homicidio en concurso ideal con aborto», ya que la mujer estaba embarazada cuando desapareció.
A principios del año pasado Lagostena había presentado un recurso de apelación contra el fallo y acusó al Tribunal de haber una «errónea y absurda valoración de la prueba, afectando el principio de congruencia». Sin embargo, ni la Fiscal ni los Jueces coincidieron con su postura.
En el fallo, según replica la Agencia Telam, lo Magistrados Maidana y Carral señalaron que varios testigos se refirieron al «maltrato psicológico que sufría Érica Soriano por parte de Lagostena, quien controlaba cómo se vestía, el maquillaje que utilizaba, el uso del teléfono celular, los lugares a los que concurría y con quién lo hacía, y los boletos de colectivo para verificar sus horarios», y que «además, dieron cuenta de lo celoso y posesivo que era el imputado al punto de hackearle la cuenta de correo electrónico y revisarle el celular».
Asimismo, se recabaron mensajes que víctima y victimario intercambiaron por «correo electrónico» en los que ella manifestó su malestar ante las escenas de celos, planteos y reclamos. Ya en el primer fallo, el TOC 9 de Lomas de Zamora había dejado constancia del «pesadilla y calvario» vivió la víctima y Casación defendió el accionar de la investigación y el fallo en primera instancia.
Entre esos puntos, descataron que Lagostena fue la última persona en ver con vida a Soriano pero mostró «desinterés» en la búsqueda de su mujer, la última geolocalización del celular de la víctima la ubicó en el domicilio de él y, además, que el condenado mantuvo «inusuales comunicaciones» con su «núcleo familiar» la madrugada en la que se cometió el crimen. Al tiempo que señalaron una serie de contradicciones del abagado durante su declaraciones.
En la investigación se acreditó que el 20 de agosto de 2010, Lagostena y Érica (30), tras visitar a un ginecólogo en Capital Federal, se dirigieron a su domicilio en Lanús, donde ya se encontraba una persona no identificada hasta ahora que utilizó el teléfono de línea para llamar a una pizzería a las 22.01. Doce minutos después, Érica habló con una amiga, quien luego declaró que se dio cuenta de que en el viaje iba manteniendo una pelea con Lagostena. yCerca de la medianoche, el imputado comenzó a intercambiar mensajes con uno de sus sobrinos, con quien hasta entonces no tenía un trato cotidiano ni habitual.
Alrededor de las 5 de la mañana del día siguiente, un celular a nombre de la madre de ese joven registró llamadas salientes en el centro porteño y la Costanera Norte, y luego en Lanús, que despertaron el interés de los investigadores por la intensidad y el horarios. Asimismo, se comprobó que Lagostena contaba con cinco línea de teléfono celugar.
En tanto, los peritos que buscaron rastros en la casa hallaron la chimenea caliente, pese a que ese día hacía 24 grados, y restos de poliéster que se correspondían con una bombacha, por lo que se presume que el imputado quemó allí la ropa de su pareja.
En mayo de 2016, Lagostena quedó detenido por el crimen y durante el juicio oral aseguró que su relación con Érica era «normal y buena».





















