En el marco del Congreso Productivo Bonaerense, el gobierno bonaerense confirmó que Axel Kicillof envió a la Legislatura un proyecto para crear una Ley de Góndolas provincial con el objetivo de defender la producción pyme.
Es otra apuesta del Gobernador para contrastar con la gestión de Javier Milei, quien derogó la ley nacional en diciembre con el DNU 70/23. El objetivo de la misma era organizar las góndolas para que una sola marque no ocupe todos los lugares de mayor exposición.
Su versión bonaerense plantea que supermercados en la provincia deberán ofrecerse un mínimo de proveedores de productos elaborados por pymes bonaerenses en cada góndola y además, deberán señalizar esos productos con el isologotipo de “Producción Bonaerense”.
Además, la ley contempla “límites a los abusos de posición dominante”, por lo que se elaborará un código de buenas prácticas comerciales que será de aplicación obligatoria por los establecimientos que vendan los productos; mientras que se creará el Registro “Producción Bonaerense” para contar con una base de información detallada, sistemática y de periódica actualización de las PyMEs bonaerenses.
El proyecto busca «fomentar la armonía y el equilibrio entre los operadores económicos alcanzados por la ley, con la finalidad de evitar que se realicen prácticas comerciales que distorsionen el mercado y la competencia de oferentes», además de «contribuir a que el precio y la variedad de los alimentos, bebidas, productos de higiene personal y limpieza del hogar sea transparente y competitivo, en beneficio de los consumidores».
Plantea también que desde la provincia aspiran a «proteger y propiciar la inclusión comercial de productores artesanales, regionales y de la agricultura familiar, en particular a las Pequeñas Unidades Productivas de Alimentos Artesanales»; así como «consolidar la identidad bonaerense a través de una mayor presencia de micro y pequeños proveedores en las góndolas de los diferentes canales de comercialización».
En cuanto a los sujetos alcanzados, el proyecto detalla que “están obligados a dar cumplimiento a la presente ley todos aquellos establecimientos con asiento en la provincia de Buenos Aires, dedicados a la comercialización mayorista y/o minorista de alimentos, bebidas, productos de higiene personal y de limpieza del hogar”.
Los mismos deben estar en incluidos en las siguientes categorías: que pertenezca a una cadena comercial, cualquiera sea la superficie destinada a la comercialización y que no pertenezca a una cadena comercial, pero cuente con una superficie destinada a comercialización mayor a 300 m2 y/o tenga 2 o más líneas de cajas”.
En tanto, se entenderá por góndolas tanto las físicas, relativas a todo espacio físico, mueble, estantería, soporte o similar, en los que se ofrecen productos para la venta, incluidos las puntas de góndola; y las virtuales, es decir, toda locación virtual de venta online, operada directa o indirectamente por los sujetos alcanzados, como por ejemplo: página web, aplicación móvil, tienda de comercio electrónico o similares.
La Autoridad de Aplicación será el Ministerio de Producción, Ciencia e Innovación Tecnológica, a cargo de Augusto Costa, al tiempo que se invita a los municipios a adherir a “las disposiciones de la presente Ley, a los fines de fiscalizar el debido cumplimiento de la misma y contribuir con el procedimiento para la inscripción de proveedores en el Registro creado por el artículo 10 de la presente”.
Y en los considerandos el proyecto resalta que “Resulta necesario que el Estado Provincial asuma la responsabilidad de defender el trabajo y progreso de las y los bonaerenses, restableciendo en. el orden local un régimen legal que hasta su derogación venía generando un beneficio a la economía bonaerense, indispensable en el contexto actual”.